12/12/2025
1. LG Electronics Argentina S.A., con domicilio en la Av. Juramento Nº1775, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el "Organizador"), organiza la promoción denominada “SORTEO MICROONDAS LG” (la "Promoción"), que tendrá vigencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las localidades que conforman el Gran Buenos Aires (el “Territorio”), desde las 11 hs. del 11 de diciembre de 2025 y las 23.59 hs. del 14 de diciembre de 2025 (el “Plazo de Vigencia”) y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).
2. Podrán participar en la Promoción, los interesados que reúnan los siguientes requisitos (“Participante/s”): i) sean personas humanas mayores de 18 años, ii) residan en el Territorio, iii) sean titulares de una cuenta en la red social denominada “Instagram” (la “Red”), con perfil público, iv) sean “seguidores” de la cuenta @lg_argentina, que el Organizador tiene en la Red (la “Cuenta”) o se hagan “seguidores” de dicha Cuenta en el Plazo de Vigencia, utilizando para ello la acción “Seguir”, que se encuentra disponible en la Cuenta y v) Completen el formulario de la Promoción que el Organizador les compartirá con los datos allí requeridos. (el ”Formulario”).
3. Cumplidos los pasos especificados en el punto 2, precedente, los Participantes quedarán automáticamente registrados para participar del sorteo incluido en la Promoción, con una (1) chance. Si un Participante completara el formulario más de una vez, sólo será computada una única chance. Serán descalificados los Participantes que no completen el Formulario de manera completa o cuyos datos sean incorrectos.
4. En el acto de Sorteo que se realizará el 15 de diciembre de 2025 a las 11 hs, en en la Av. Juramento Nº1775, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una herramienta informática elegirá al azar a dos (2) Participantes (“Potencial/es Ganador/es”), quienes podrán ganar cada uno, un (1) Microondas, marca LG, modelo MH6032GAS (“Premio/s”).
5. Los Premios no incluyen ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en el punto 4. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá exigirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios. En caso contrario, su Potencial Ganador perderá automáticamente todo derecho a su asignación y no tendrá derecho a reclamo o compensación alguna.
6. El Potencial Ganador será notificado de su carácter de tal mediante el envío de un email a la casilla que registró al momenato de completar el formulario (“Notificación”) y, deberá reclamar la asignación del Premio, enviando, dentro de las dos (2) horas de recibida la Notificación, un e-mail con sus datos personales a la dirección de correo electrónico que les informará el Organizador en la mencionada Notificación y coordinar la fecha y hora en la que contestarán las preguntas de cultura general que le formulará el Organizador como condición para la asignación del Premio. Si el Organizador no lograra notificar al Potencial Ganador mediante email, se comunicaría telefónicamente al número indicado al momento de completar el Formulario. Después de realizar al menos dos (2) intentos, separados cada uno por no menos de treinta (30) minutos, el Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado.
7. La falta de reclamo de la asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido en el punto precedente o la contestación incorrecta a más de una (1) de las cinco (5) preguntas de cultura general o la negativa a presentarse a las sesiones de fotografía y filmación que eventualmente le requiera el Organizador o la falta de cumplimiento de cualquiera de los demás requisitos que para la asignación del Premio se establecen en estas Bases hará perder automáticamente al Potencial Ganador, el derecho a su asignación. Si los Premios no fueran asignados, quedarán en propiedad del Organizador.
8. Los Premios serán entregados en la Av. Juramento Nº1775, piso 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de asignados. El Organizador podrá, a su exclusivo criterio, enviar el Premio por correo. En caso que el correo concurriera en más de dos (2) oportunidades y el Potencial Ganador no se encontrara disponible para exhibir su DNI y entregar una fotocopia del mismo, contestar las preguntas de cultura general, firmar la autorización de uso de imagen mencionada en el punto 14. y recibir el Premio, perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado.
9. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o municipalidades con motivo de la organización o difusión de la Promoción o del Sorteo o del ofrecimiento del Premio, será a exclusivo cargo del ganador. Los gastos en que incurra el Potencial Ganador o el ganador para su traslado y estadía cuando concurra a reclamar la asignación o a retirar el Premio estarán asimismo a su exclusivo cargo.
10. El Potencial Ganador autorizará al Organizador, como condición para tener derecho a la asignación del Premio, a difundir sus datos personales, domicilio, imagen y voz, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, hasta transcurridos tres (3) años de finalizada la Promoción.
11. Sin obligación de compra. Para participar en la Promoción no es necesaria la adquisición de bienes o de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador.
12. Los datos de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por LG Electronics Argentina S.A., con domicilio en Juramento 1775, piso 13, Ciudad de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus datos, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a la dirección de correo electrónico infoweb@lge.com. Los Participantes que soliciten el retiro de sus datos personales durante el Plazo de Vigencia no podrán participar de la Promoción.
13.Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante, el que podrá asimismo ser descalificado.
14.No podrán participar de la Promoción: i) personas jurídicas, ii) menores de 18 años, iii) personas domiciliadas fuera de la Provincia de Buenos Aires ni iv) personal del Organizador, de sus sociedades vinculadas, de sus agencias de publicidad y promoción y demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o servicio relacionado con la Promoción, los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de los anteriormente mencionados ni sus cónyuges.
15. La probabilidad matemática de ser elegido en el Sorteo dependerá de la cantidad de Participantes que participen en el mismo y de la cantidad de chances con las que participe cada uno de ellos. En el supuesto de que participen 1000 Participantes, la probabilidad de cada Participante de resultar elegido en el Sorteo será de 1 en 500.
16. El Organizador no será responsable por: (i) ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, el Potencial Ganador, el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo del uso indebido del Premio ni (ii) por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.
17. Instagram no tiene intervención ni responsabilidad alguna en la organización de la Promoción. En consecuencia, Instagram no será responsable del cumplimiento de los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y el Potencial Ganador deberá reclamar la entrega del Premio exclusivamente al Organizador.
18. El Organizador podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. Toda modificación que se realice en estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.